La Corte Suprema de Justicia ha declarado inconstitucional un artículo de la legislación de Misiones que clasificaba toda la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón como insalubre. Esta decisión se originó a partir de una demanda presentada por la empresa Papel Misionero SAIFC, que impugnó el artículo 1° de la Ley 4438 de 2008.
La empresa argumentó que la declaración general de insalubridad aumentaba los costos operativos del sector, ya que obligaba a las empresas a reducir la jornada laboral a seis horas y modificar su régimen previsional. La demanda también cuestionó una inspección realizada en las instalaciones de la planta, donde se encontraron niveles de contaminación que representaban riesgos para la salud de los trabajadores.
El Superior Tribunal de Justicia de Misiones había rechazado el planteo de inconstitucionalidad, considerando que la norma era compatible con la legislación nacional. Sin embargo, la empresa llevó su caso a la Corte Suprema, donde el juez Horacio Rosatti argumentó que el régimen de trabajo insalubre tiene un carácter excepcional y busca proteger a los empleados expuestos a riesgos para su salud.
Rosatti subrayó que el artículo 1° de la ley provincial calificaba automáticamente insalubre a la actividad sin especificar las tareas o lugares de trabajo que realmente presentaban riesgos. Además, destacó una contradicción entre esta declaración general y el artículo 3°, que ordena la inspección de lugares y actividades para determinar las condiciones de insalubridad.
Los jueces Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz respaldaron los fundamentos del dictamen fiscal, que argumentó que la provincia no tenía competencia para realizar tales declaraciones, contradiciendo así la legislación nacional. La Corte Suprema, por lo tanto, declaró inconstitucional el artículo 1° de la ley provincial.
A pesar de esta decisión, el tribunal mantuvo en firme el acto administrativo que impuso una sanción a la empresa por las áreas identificadas como insalubres. Las inspecciones realizadas por personal de la Universidad Nacional de Misiones señalaron niveles de ruido superiores a 85 decibeles y la presencia de sulfuro de hidrógeno, factores que pueden ocasionar graves problemas de salud en los trabajadores, como convulsiones y trastornos respiratorios.
Fuente: NA






